La mediación víctima-delincuente en el derecho penal
DOI:
https://doi.org/10.55414/ej9err65Palabras clave:
acción penal, mediación, principio de oportunidad, sentencia de conformidad, efectos positivos, efectos negativosResumen
La mediación penal debe tener carta propia de naturaleza en nuestro ordenamiento jurídico penal, pues los instrumentos jurídicos que son precisos para su actuación prácticamente existen y, tanto desde un punto de vista de derecho material como de derecho procesal, falta sólo ordenarlos y racionalizarlos en el contexto del nuevo proceso penal, más ágil y que permita dar una respuesta más rápida a las cuestiones de menor entidad. Su regulación deberá ajustarse a los principios generales establecido por la Comisión de Expertos de la Comisión Europea en abril de 1999, que, resumidos, se incluyen como anexo.
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Derechos de autor 2022 APUNTES DE PSICOLOGÍA
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